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Inspección Técnica de Edificios (ITE): ¿cómo afecta a la comunidad de vecinos?

30 Mar, 2022

Los edificios en los que vivimos precisan de un mantenimiento, un control y unas medidas de seguridad para que no se deterioren y evitar peligros para sus habitantes. Una de estas normas es la Inspección Técnica de Edificios (ITE), un mantenimiento legal, de carácter obligatorio y preventivo al que deben someterse los edificios cada cierto tiempo con el fin de revisar diversos elementos que pueden afectar a la seguridad del inmueble.

La ITE está regulado por el Real Decreto-ley 8/2011 de 1 de julio y por las distintas Ordenanzas Municipales, que pueden ser distintas según cada comunidad autónoma y que determinan las condiciones de sus inspecciones. Según Habitatge de la Generalitat de Cataluña, el objetivo es contar con un sistema de control periódico de los edificios de viviendas a fin de verificar el deber que tienen los propietarios de conservar y rehabilitar sus inmuebles.

¿Cada cuándo debe realizarse?

Depende de la antigüedad de cada edificio, pero es obligatorio a partir de los 45-50 años de la construcción de este. La ITE debe realizarse, al menos cada 10 años, si las deficiencias del edificio son leves; cada 6 años, cuando las deficiencias son importantes; y cada 3 años, cuando hay deficiencias graves y debe revisarse este edificio cada 12 meses.

De lo contrario, no solamente habrá sanciones para la comunidad de propietarios si no que el edificio puede presentar diversos elementos afectados que ponen en riesgo la seguridad de cada vecino.

¿Qué plazo tenemos para realizar la ITE y presentarla?

Aunque cada comunidad tiene sus propios requisitos, en Cataluña, primero se envía una carta de aviso donde se especifica que el plazo para realizar la ITE ya ha finalizado, entonces, a partir de ese momento, es aconsejable que se haga lo antes posible. Una vez realizada, debe presentarse en la Agencia D’habitatge de Cataluña, ya que actualmente está expuesto a una sanción. Si hubiera cualquier accidente en la finca, la sanción podría ser aún mayor.

¿En qué consiste la inspección técnica?

Desde Habitatge nombran que la ITE se basa en una inspección visual del edificio por un técnico competente que tiene por objeto determinar el estado del edificio, indicando y calificando las deficiencias existentes, así como orientar a la propiedad en las actuaciones a realizar para cumplir el deber de conservación y mantenimiento. En ningún caso, tiene por objeto detectar vicios ocultos.

Se elabora de acuerdo con el modelo normalizado y el formato aprobado por la agencia de vivienda de Catalunya. Este modelo se puede obtener en la web habitatge.gencat.cat, en el trámite correspondiente.

¿Quién es el responsable de encargar la ITE y quién asume su coste?

La obligación de someter a los edificios de viviendas a la inspección técnica corresponde a los propietarios; en el caso de edificios en régimen de propiedad horizontal, es la comunidad de propietarios.

Así, los propietarios y ocupantes de las viviendas deben facilitar el acceso a éstas y otras entidades en el momento de la inspección, con el fin de posibilitar la inspección del edificio.

El coste económico derivado de la inspección técnica correrá a cargo de los propietarios del edificio. En caso de que los propietarios no puedan asumirlo, las administraciones públicas pueden subvencionar el coste de la ITE si solicitan ayudas para financiar las obras de rehabilitación correspondientes y les son otorgadas.

¿Qué consecuencias tiene el incumplimiento de realizar esta inspección?

Según la Ley 18/2007 del derecho a la vivienda, no disponer del informe de inspección técnica del edificio es una infracción grave en materia de calidad del parque inmobiliario, en los supuestos en los que sea exigible, y ello comporta sanciones.

Por tanto, es obligatorio que la comunidad de propietarios realice las medidas necesarias establecidas por el informe del ITE con el fin de subsanar las deficiencias de carácter grave.

Informe de inspección técnica de los edificios

Es un documento normalizado, aprobado por Habitatge de Cataluña, que describe las características generales del edificio, en el que el técnico debe hacer constar su estado de conservación, además de describir y calificar las posibles deficiencias aparentes, constructivas o funcionales que pueden afectar a los elementos comunes del edificio, aunque deba accederse por zonas de uso privativo.

Beneficios de la ITE para la comunidad de vecinos

Como vemos, pasar por este trámite es algo obligatorio que ofrece diversidad de beneficios para la comunidad de propietarios.

“Es fundamental que tengamos un parque de edificios con certificados y la ITE pasada conforme ha existido la supervisión de un técnico especializados en ello. Además, tras esta inspección técnica, es necesario un mantenimiento periódico del edificio”, señala Mercedes Blanco, directora de Vecinos Felices.

  • Mantenimiento del edificio. Se realiza un exhaustivo control para un buen mantenimiento del edifico.
  • Por un técnico especializado. Esta inspección tiene lugar por parte de un técnico competente en este tipo de controles.
  • Edificios seguros. Con la ITE se determina si el edificio en el que vivimos es seguro, con las obras, rehabilitaciones y más pertinentes que velan por su buen estado de conservación.
  • Cumplimiento de normas. Al pasar la ITE, se verifica que las instalaciones del edificio cumplen con las normas actuales.

Desde Vecinos Felices concienciamos a las comunidades de propietarios que administramos sobre la realización de la inspección técnica, con el fin de garantizar la seguridad de las personas que habitan en la finca. Además, les ayudamos a gestionar el trámite y la inspección con un técnico especializado para el correcto cumplimiento de la normativa.

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