Skip to main content

Sanciones que puede evitar una comunidad de propietarios gracias a la gestión del Administrador de Fincas

18 Abr, 2023

La administración de fincas es uno de los servicios más reclamados, ya que la gestión de fincas engloba todas las actividades que el administrador ha de llevar a cabo para mantener la propiedad en buen estado y cumplir con todas las obligaciones legales y fiscales. Por tanto, contar con un administrador de fincas colegiado es de vital importancia para el buen curso de la comunidad.

Un administrador de fincas puede ayudar a una comunidad de propietarios a evitar diversas sanciones y multas que pueden ascender hasta 800.000€, como es el caso del incumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales.

 

¿Cuáles son estas sanciones?

 

1.- Sanciones por incumplimiento de la normativa sobre protección de datos:

Las comunidades de propietarios tratan con datos personales, y además son responsables de su tratamiento. Debido a que cuentan con personalidad jurídica, están sujetas a sanciones por incumplimiento de la LOPD y del RGPD, que el administrador de fincas podría evitar gracias a su asesoría y gestión que garantiza que se cumplan las normativas aplicables.

La cuantía de las sanciones varía según diferentes factores como la duración del tiempo de la infracción, la gravedad de la infracción, o el número de afectados. La LOPD en sus artículos 72 al 74 establece las siguientes multas:

  • Infracciones leves: multas de hasta 40.000€.
  • Infracciones graves: multas de 40.001€ hasta 300.000€.
  • Infracciones muy graves: multas entre 300.001€ hasta 20.000.000€.

 

Las sanciones más habituales en esta materia son, la vulneración de la confidencialidad de los datos personales y no responder a las solicitudes de derechos de los interesados. La comunidad de vecinos podría ser sancionada, por ejemplo, si publica en el ascensor el acta de la junta de propietarios en la que aparecen los nombres, apellidos, piso y puerta de varios vecinos.

 

2.- Sanciones por incumplimiento de normativas urbanísticas:

 Las comunidades de vecinos están sujetas a revisiones periódicas que deben realizarse con el fin de garantizar el buen funcionamiento y la seguridad de los edificios. Estas revisiones son obligatorias y deben llevarse a cabo en función de la antigüedad del edificio y el tipo de instalaciones que tenga.

Las revisiones más comunes que se realizan en las comunidades son, las de ascensores, instalaciones eléctricas, instalaciones de gas, de la estructura del edificio y la de fachadas y cubiertas.

Las sanciones por incumplimiento de estas inspecciones pueden ascender hasta 90.000€.

 

3.- Sanciones por incumplimiento de normativas de seguridad:

La prevención de riesgos laborales en una comunidad de vecinos es fundamental para garantizar la seguridad y salud de todas las personas dentro de la finca. Tengan o no trabajadores, las comunidades están obligadas por el Real Decreto 171/2004 a comunicar e informar sobre los riesgos, las medidas preventivas y las medidas de emergencia a considerar en el edificio para todas las personas externas a la comunidad que presten algún servicio dentro de la finca, como lo son las empresas de mantenimiento de ascensores o de limpieza.

El incumplimiento por parte de la comunidad de presentar este informe de riesgos laborales conlleva sanciones administrativas que pueden ir desde los 40€ hasta los 819.780€ y sanciones penales que pueden llevar penas de 6 meses a 3 años de cárcel para los responsables.

 

4.- Sanciones por impago de impuestos y tasas:

Las comunidades de propietarios estan sujetas a varias obligaciones fiscales ante Hacienda, que de no ser cumplidas pueden acarrear en sanciones y multas.

 

Las principales obligaciones fiscales son:

*Modelo 347: Declaración de gastos con terceros que realiza la comunidad cuando las operaciones realizadas con un mismo proveedor durante el año natural superan los 3.005,06€.

El incumplimiento conlleva sanciones administrativas por parte de Hacienda con multas de 20€ por cada dato que se dejo de incluir en la declaración, con un mínimo de 300€ y un máximo de 20.000€. Si la declaración se presenta fuera de plazo, las sanciones quedan reducidas por la mitad.

 

*Modelo 184: Las comunidades de propietarios pueden percibir rentas como lo son las del alquiler de una vivienda no exenta de IVA, de la fachada para poner una valla publicitaria o de una cubierta para una antena de telefonía. Estas rentas deben ser declaradas por medio del modelo 184.

De no declarar estas rentas la comunidad puede estar sujeta a sanciones que van desde los 300€ a los 20.000€.

 

*Modelo 303:  En el caso de que la comunidad de propietarios perciba ingresos que estén sujetos al IVA, como el alquiler de locales o la colocación de vallas publicitarias en fachadas debe declarar el IVA por medio del modelo 303.

Si el modelo se presenta fuera de plazo, pero antes de recibir un requerimiento de Hacienda la sanción a pagar será de 100€. Si por el contrario se presenta después del requerimiento la sanción será de 300€ que quedará reducida en un 25% si se abona en el plazo fijado por Hacienda.

 

“El Administrador de Fincas vela para que la comunidad cumpla con las normativas existentes, que son múltiples, y evita la posibilidad de sanciones en las comunidades, aunque la decisión final siempre la tienen los vecinos que integran la misma. Nuestra labor es informativa, muchas veces docente y de ejecutar los acuerdos que se adopten” afirma Mercedes Blanco, Directora de Vecinos Felices Administración de Fincas.

 

En definitiva, el administrador de fincas puede ahorrarle a la comunidad de propietarios tiempo, sanciones administrativas y dinero, gracias a su gestión y asesoría.

Para obtener más información contáctanos escribiendo un mensaje, o llamando al 936090770, o por WhatsApp al 660630529.

 

 Fuente: Colaboración de Vecinos Felices con Fotocasa Life

Ir al contenido